aviso legal

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (34/2002 de 11 de julio).

Artículo 10 Información general

1. Sin perjuicio de los requisitos que en materia de información se establecen en la normativa vigente, el prestador de servicios de la sociedad de la información estará obligado a disponer de los medios que permitan, tanto a los destinatarios del servicio como a los órganos competentes, acceder por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita, a la siguiente información:

a) Su nombre o denominación social; su residencia o domicilio o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.

b) Los datos de su inscripción en el Registro Mercantil en el que, en su caso, se encuentren inscritos o de aquel otro registro público en el que lo estuvieran para la adquisición de personalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad.

c) El número de identificación fiscal que le corresponda

Así como que tengan completado los términos y condiciones referentes a:

– Cancelación de pedidos

– Devolución y reembolso

– Seguridad Protección a compradores,

– Envíos, privacidad y protección de datos

“Este comerciante se compromete a no permitir ninguna transacción que sea ilegal, o se considere por las marcas de tarjetas de crédito o el banco adquiriente, que pueda o tenga el potencial de dañar la buena voluntad de los mismos o influir de manera negativa en ellos. Las siguientes actividades están prohibidas en virtud de los programas de las marcas de tarjetas: la venta u oferta de un producto o servicio que no sea de plena conformidad con todas las leyes aplicables al Comprador, Banco Emisor, Comerciante, Titular de la tarjeta o tarjetas. Además, las siguientes actividades también están prohibidas explícitamente: 

-Vender medicamentos”.